FOMENTAR EL CRECIMIENTO

Desarrollo económico

En un esfuerzo por inspirar el desarrollo empresarial e industrial, CEL&P ha establecido una aplicación para la facturación a plazo limitado de las tarifas de servicios públicos.

Desarrollo económico - Comercio minorista

Disponibilidad del servicio

Con el fin de fomentar el desarrollo económico en el área de servicio de la Empresa, se ofrecen reducciones de plazo limitado en las demandas de facturación descritas en el presente documento a los clientes nuevos y existentes que cumplan los requisitos y que soliciten el servicio en virtud de esta Cláusula adicional antes del 1 de enero de 2025.

Este servicio está destinado a determinados tipos de clientes comerciales e industriales cuyas operaciones, por su naturaleza, promuevan un desarrollo económico sostenido basado en la inversión en plantas e instalaciones y en la creación de empleo. Esta Cláusula adicional está disponible para clientes comerciales e industriales acogidos a la Tarifa PP o a la Tarifa IP que cumplan los siguientes requisitos:

Tamaño: Un nuevo cliente debe tener una demanda de facturación de 1.000 kW o superior a la demanda máxima de facturación durante los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud del servicio por parte del cliente en virtud de esta Cláusula adicional (Demanda máxima de facturación base).

THD: Distorsión armónica total. Tanto los clientes nuevos como los existentes deben cumplir la norma IEEE 519-2014 o su versión más actual, en caso de que se revise la norma.

Load Factor: Both new and existing customers must maintain a monthly load factor of at least 70%. Load factor shall be calculated as follows: “Total monthly kWH”/{peak k WD” x ”Days in Billing Period” x “24 hours”}
Power Factor: Both new and existing customers must maintain a monthly power factor of at least 98%.

Normas aplicables: Tanto los clientes nuevos como los existentes deberán cumplir las versiones más actuales del Código Eléctrico Nacional, el Código de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios y las normas IEEE pertinentes.

Tipo de empresa: En ningún caso el servicio bajo esta Cláusula estará disponible para un cliente cuyo negocio principal en la ubicación del servicio esté clasificado en uno de los siguientes Grupos Principales SIC:

Clasificación Industrial Estándar (SIC según el Departamento de Trabajo de EE.UU.)

01: Cultivos de producción agrícola
02: Ganadería de producción agrícola y especialidades animales
07: Servicios agrícolas
08: Silvicultura
09: Pesca, caza y captura de animales

15: Construcción de edificios Contratistas generales y operarios de la construcción

16: Contratistas de construcción pesada distinta de la edificación

17: Contratistas de oficios especiales de la construcción

50: Comercio al por mayor de bienes duraderos

51: Comercio al por mayor de bienes no duraderos

52: Distribuidores de materiales de construcción, ferretería, jardinería y casas móviles

53: Comercios generales

54: Tiendas de alimentación

55: Concesionarios de automóviles y gasolineras

56: Tiendas de ropa y accesorios

57: Tiendas de muebles y equipamiento para el hogar

58: Lugares para comer y beber

59: Comercio minorista diverso

64: Agentes, corredores y servicios de seguros

65: Bienes inmuebles

67: Holding y otras oficinas de inversión

70: Hoteles, pensiones, campamentos y otros lugares de alojamiento

78: Películas

79: Servicios recreativos y de entretenimiento

Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte
(NAICS según OMB posterior a 1997)

11: Agricultura, silvicultura, pesca y caza
22: Servicios públicos
23: Construcción
42: Comercio al por mayor
44: Comercio al por menor
45: Tiendas al por menor
48: Transporte
53: Alquiler y arrendamiento de bienes inmuebles
71: Arte, ocio y tiempo libre Arte, Entretenimiento y Ocio
72: Hostelería y Restauración
81: Otros Servicios (excepto Administración Pública)

(3) Un nuevo cliente, o la ampliación de un cliente existente, debe dar lugar a la creación de al menos 10 puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo (ETC) mantenidos durante la vigencia del contrato en la ubicación del servicio. La empresa se reserva el derecho de verificar el recuento de puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo. Si no se mantienen los puestos de trabajo ETC mínimos requeridos, se rescindirá esta Cláusula adicional.

(4) El cliente debe demostrar mediante el formulario SB-1 a satisfacción de la Empresa de Servicios Públicos que, de no existir esta Cláusula adicional, la demanda nueva o incrementada que cumpla los requisitos se situaría fuera del territorio de servicio de la Empresa de Servicios Públicos o no se pondría en servicio debido a una mala economía de explotación.

La disponibilidad está limitada a los clientes por orden de llegada para cargas de hasta 25 MVA.

Condiciones generales

Para recibir el servicio conforme a esta Cláusula adicional, el cliente deberá presentar una solicitud por escrito a la Empresa de Servicios Públicos, utilizando el formulario SB-1, con suficiente información contenida en el mismo para determinar la elegibilidad del cliente para el servicio.

Para los nuevos clientes, las demandas de facturación para las que se aplicarán deducciones en virtud de esta Cláusula adicional serán para el servicio en una nueva ubicación y no simplemente el resultado de un cambio de propiedad. La reubicación del punto de entrega del servicio de la Empresa no se considera una nueva ubicación del servicio.

Para los clientes existentes, las demandas de facturación para las que se aplicarán deducciones en virtud de esta Cláusula adicional deberán ser el resultado de un aumento de la actividad comercial y no simplemente el resultado de la reanudación de las operaciones normales tras un caso de fuerza mayor, huelga, avería del equipo, renovación o reacondicionamiento, u otra condición de funcionamiento anormal de este tipo. En caso de que se haya producido un suceso de este tipo, las demandas mensuales de facturación durante el periodo de 12 meses se ajustarán según proceda para eliminar los efectos de dicho suceso.
Todos los ajustes de demanda ofrecidos en virtud de esta Cláusula adicional finalizarán a más tardar el 31 de diciembre de 2020.

Las instalaciones locales existentes de la Empresa deben considerarse adecuadas, a juicio de la Empresa, para satisfacer las necesidades de capacidad eléctrica nuevas o ampliadas del cliente. Si se requiere la construcción de instalaciones locales nuevas o ampliadas por parte de la Empresa de Servicios Públicos, se puede solicitar al cliente que realice una contribución de ayuda a la construcción para el coste instalado de dichas instalaciones de acuerdo con las disposiciones de los Términos y Condiciones de Servicio de la Empresa de Servicios Públicos.

Determinación de la demanda de facturación mensual ajustada

La demanda de facturación incremental cualificada se determinará como la cantidad en la que la demanda de facturación, determinada según la Tarifa PP o IP para el periodo de facturación actual sin esta Cláusula Adicional, supere la Demanda de Facturación Máxima Base. No obstante, se considerará que dicha demanda de facturación incremental es cero, a menos que sea de al menos 1.000 kW para los nuevos clientes o los clientes existentes.

La demanda de facturación mensual ajustada en virtud de esta Cláusula adicional será la demanda de facturación determinada según la Tarifa PP o IP para el periodo de facturación actual sin esta Cláusula adicional menos el producto de la demanda de facturación incremental cualificada y el Factor de ajuste aplicable. No se aplicarán Factores de Ajuste a ninguna parte de las demandas de facturación mínimas calculadas según la Tarifa PP o IP.

Determinación del factor de ajuste

Clientes estándar de nuevos desarrollos: los clientes que cumplan todos los requisitos de disponibilidad y los términos y condiciones anteriores contratarán el servicio por un periodo de cinco (5) años con unos Factores de ajuste programados según los seguidores:

Año 1 15%
Año 2 10%
Año 3 10%
Año 4 10%
Año 5 05%

Clientes de reurbanización urbana: clientes que cumplen todos los requisitos de disponibilidad y términos y condiciones anteriores, y que (1) están ubicando un nuevo negocio en un edificio existente que ha estado desocupado y/o ha permanecido inactivo durante al menos uno o más años y no tiene ninguna relación actual o anterior con el preciado ocupante, según lo determinado por la Empresa de Servicios Públicos, y (2) reciben la entrega en un punto que no requiere una inversión significativa en el sistema de distribución o transmisión, aparte de la conexión del servicio, se calificarán igual que un Cliente de desarrollo nuevo estándar.

El factor de ajuste adecuado se aplicará durante un periodo de 60 meses de facturación consecutivos a partir del primer mes siguiente a la finalización del periodo de puesta en marcha. El periodo de puesta en marcha comenzará con la fecha de entrada en vigor del apéndice del contrato para el servicio en virtud de esta Cláusula adicional y finalizará de mutuo acuerdo entre la Empresa y el cliente. En ningún caso el periodo de puesta en marcha superará los 12 meses.

Declaración escrita anual de conformidad sustancial

Los clientes deben solicitar la Cláusula de Desarrollo Económico utilizando el formulario SB-1 "Declaración de Beneficios" que puede encontrarse como Anexo A.

Después de acogerse a la Cláusula de Desarrollo Económico, el Cliente DEBE presentar un SB-1 actualizado al menos 30 días antes del aniversario de la fecha de estado identificada en la confirmación de la Empresa de que el Cliente puede acogerse a la Cláusula de Desarrollo Económico. El incumplimiento de los requisitos de presentación de informes dará lugar a la cancelación de la elegibilidad para la Cláusula de Desarrollo Económico.

Condiciones del contrato

El cliente y la Empresa deberán firmar un contrato o acuerdo adicional para el servicio bajo esta Cláusula adicional, además del servicio bajo la Tarifa PP o IP, para el periodo de tiempo que incluye el periodo de puesta en marcha y el periodo de cinco años inmediatamente posterior al final del periodo de puesta en marcha. La cláusula adicional del contrato especificará la Demanda Máxima Base de Facturación, la demanda total prevista, el Factor de Ajuste y las disposiciones relacionadas que se aplicarán en virtud de esta Cláusula Adicional, así como la fecha de entrada en vigor de la cláusula adicional del contrato.

El cliente puede interrumpir el servicio en virtud de esta Cláusula adicional antes de que finalice el contrato o la cláusula adicional del acuerdo únicamente mediante el reembolso a la Empresa de los ajustes de la demanda recibidos en virtud de esta Cláusula adicional facturados a la tarifa aplicable.

Condiciones especiales

Salvo que se disponga lo contrario en esta Cláusula adicional, los acuerdos por escrito seguirán sujetos a todas las disposiciones de la Tarifa PP o IP. Esta Cláusula adicional está sujeta a los Términos y Condiciones de Servicio de la Empresa de Servicios Públicos.

Desarrollo económico - IMPA

Disponibilidad

Esta Cláusula adicional está disponible para un Cliente cualificado (según se define en el presente documento) para animar a los grandes usuarios de energía a ampliar o crear nuevas operaciones dentro del territorio de servicio de la Empresa.

Cualificaciones

Un "Cliente cualificado" es un cliente no residencial nuevo o existente en el territorio de servicio de la Empresa que está estableciendo nuevas operaciones o ampliando operaciones existentes de tal forma que las operaciones nuevas o ampliadas darán lugar a una demanda nueva o adicional de al menos un (1) MW (1.000 kW) en un punto de entrega (la "Demanda cualificada") y las operaciones nuevas o ampliadas han supuesto una inversión de capital de al menos un millón de dólares (1.000.000 $) dentro del territorio de servicio de la Empresa.

En el caso de un Cliente cualificado que amplíe su actividad, la Demanda cualificada se medirá a partir de la media de la demanda máxima mensual de los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la fecha de entrada en vigor de la Solicitud de servicio. En el caso de un Cliente cualificado que establezca nuevas operaciones, la Demanda cualificada se medirá a partir de cero.

Un Cliente cualificado no es un cliente: (1) con una demanda "nueva" que resulte de un cambio en la propiedad de un establecimiento existente sin carga nueva cualificada; (2) que renueve el servicio tras interrupciones como fallos de equipos, cierre temporal de la planta, huelga, condiciones económicas o desastre natural; o (3) que haya cambiado su carga de una operación o cliente a otro dentro del territorio de servicio de la Empresa. La Empresa de Servicios Públicos puede determinar exclusivamente, sin recurso por parte del cliente, si se ha producido un evento que impida que un cliente sea Cliente cualificado.

Incentivo tarifario

A partir de la fecha de entrada en vigor indicada en la Solicitud de servicio presentada por el Cliente cualificado, la Empresa recibirá un crédito en su factura mayorista por la nueva carga cualificada. El importe del incentivo recibido por la Empresa de la Agencia de Energía Municipal de Indiana por dicha carga se transferirá íntegramente a los Clientes cualificados. A efectos de referencias, el descuento sobre el coste mayorista del Cliente cualificado por la nueva carga cualificada se calculará de acuerdo con el siguiente calendario:

Meses 1-2 20%
Meses 13-24 15%
Meses 25-35 10%
Meses 37-48 10%
Meses 49-60 5%

El Cliente cualificado debe satisfacer la Demanda cualificada mínima durante cada mes del periodo incentivado (es decir, los meses del 1 al 60, como se ha indicado anteriormente). El incumplimiento de la Demanda Cualificada mínima en un mes concreto dará lugar a una reducción del 0% en ese mes.

Condiciones generales

El Cliente cualificado debe presentar una Solicitud de servicio a la Empresa de suministro especificando: (1) una descripción de la cantidad y naturaleza de la carga neta; (2) la base sobre la que el Cliente cualificado cumple los requisitos de esta Cláusula adicional; (3) la fecha de entrada en vigor deseada por el Cliente cualificado; y (4) cualquier otra información requerida por la Empresa de suministro.

Esta Cláusula adicional finalizará en la misma fecha en que finalice la Cláusula adicional de desarrollo económico de IMPA, con la salvedad de que cualquier Cliente cualificado que reciba el incentivo tarifario en el momento de la finalización de la Cláusula adicional podrá seguir recibiendo el incentivo durante el resto del periodo de incentivo aplicable (siempre que siga cumpliendo los requisitos de la Cláusula adicional).

Tarifas aplicables

Esta cláusula adicional es aplicable a las siguientes tarifas: Servicio Eléctrico Industrial (Tarifa IP) y Servicio Eléctrico Primario (Tarifa PP).